jueves, 26 de marzo de 2015

La prevención del delito mediante la publicidad
Por Emilio Pérez Martínez
Estamos de acuerdo en que la prevención del delito es fundamental para la seguridad pública. Siempre hemos buscado la convivencia humana como ejemplo para la paz social, pero las constantes luchas por el poder, las conductas antisociales y toda clase de conflictos que se van sucediendo día tras día hacen necesario establecer nuevos planteamientos en concepto de prevención y seguridad pública.
Ante el aumento de la delincuencia, de la criminalidad violenta que ahora se deriva en criminalidad intelectual, y la impunidad creciente que vemos constantemente ante algunos hechos delictivos, se puede considerar la publicidad social como un mecanismo para prevenir el delito. Las medidas y acciones a realizar necesitan de la participación ciudadana para este problema que aqueja a la sociedad.
Quién no ha oído  de la publicidad de los antecedentes penales como una estrategia para prevenir el delito. Bueno, ante todo, hay que tener en cuenta si de verdad influye publicar los delitos cometidos por un delincuente para que todo el mundo lo vea. Creo que en parte sí, pero la pregunta que me hago, ¿es útil? Pero si nos hacemos esta pregunta hay que desviar nuestra atención a algo tan elemental como la privacidad de las personas en su intimidad, imagen y honor. Nos encontramos entonces en la coyuntura de si publicitar las penas de un delincuente es ético, cuando nos bombardean con el tema de la reinserción social.
Sinceramente creo que la mejor publicidad que se puede hacer para la prevención del delito es  la educación en valores. Quien no recuerda las campañas institucionales contra la droga o el alcohol como medio de prevención de accidentes o como incentivo de vivir una vida sana. La propaganda contra el maltrato de la mujer o contra la pederastia podría rebajar esa actitud antisocial para evitar la proliferación del delito. No solo es una cuestión de perseguir el delito, que sí, pero es más una concienciación pública.

Creo que la publicidad debería ir encaminada, no a controlar a la sociedad ni el publicar lo que ha hecho un delincuente, sino a establecer espacios de propaganda como los antes mencionados, abriendo el abanico ante los nuevos delitos que nos afectan: corrupción, maltrato, pederastia, robos, etc. La televisión como medio de comunicación de masas, aparte de lanzar campañas de marketing para intereses de empresas debería servir también para una concienciación social para prevenir esas conductas antisociales que llevan a cometer delitos.
La medición del miedo al delito
Por Emilio Pérez Martínez
Existen instrumentos para medir la delincuencia y el miedo al delito: encuestas de victimización, estudios de delincuencia auto-revelada (preguntar a los individuos si se han visto involucrados en conductas delictivas) o estadísticas oficiales de delitos registrados. Pero pueden surgir diversos problemas a la hora de medir el miedo al delito: el acuerdo en la definición de un tipo de delito (no todos los individuos entienden el delito de la misma manera) y el uso de herramientas para medir poco precisas. Además, hay que tener en cuenta que la tipificación de un delito es diferente según la legislación de cada país, y  las diferencias culturales y sociales.
Las estadísticas policiales no son un medio suficiente para medir la delincuencia, no es que carezcan de validez, pero es necesaria que se complemente con otros mecanismos, por ejemplo, con las encuestas de victimización: preguntar directamente a la población sobre sus experiencias con el delito. Este tipo de encuestas se han convertido en la actualidad en la principal fuente de información para la medición del delito.

Junto a las encuestas de victimización existe otro tipo de herramienta que posibilita medir la delincuencia, como son los estudios de auto-revelación. Se focaliza sobre un determinado segmento de población y unos delitos muy concretos. Estas dos herramientas, junto con las estadísticas policiales sobre delitos registrados, se convierten en el mejor método para medir la delincuencia, según la opinión general de los criminólogos. Pero, como he dicho antes, los resultados no se pueden comparar con otros países por las cusas arriba mencionadas.

miércoles, 25 de marzo de 2015

Reinserción y segundas oportunidades

Por Chloé Gallais, Adrián Jiménez y Héctor Gómez

Una vez realizada la última reforma del Código Penal Español en 2015, surgen varias preguntas y se abre un amplio debate sobre las nuevas leyes incorporadas en cuanto a criminalidad se refiere. Y es que en el caso de la “condena permanente revisable”, la alarma social se hace sonar para buscar alternativas que erradiquen esta medida y den la posibilidad a la reinserción. Cierto es que cada caso abarca un sinfín de posibilidades, pero ello incluye, además, un sinfín de soluciones al problema.
La palabra “reinserción” aparece en los pensamientos de los ciudadanos, que hacen valorar la posibilidad de que un delincuente jamás pueda corregir su actitud o pueda volver a la vida ciudadana como una persona normal, pues a pesar de que la tasa de criminalidad en España en 2014 fuese de un 46,1%, se han reducido estos actos hasta 2,09 millones, un dato que deja la tasa de criminalidad en 44,8 delitos y faltas por cada 1000 habitantes, y que representa un ratio de los más bajos de la Unión Europea. Así, de los quince países de la Unión Europea, España se sitúa en el cuarto puesto por debajo, quedando Suecia como el lugar con una más alta tasa de criminalidad con un 146,7%.

Existe el caso de un hombre de Elda que quedó en libertad tras haber pasado 30 años en prisión. Se trataba de un preso con un amplio historial delictivo que había protagonizado fugas y participado en graves incidentes en las numerosas cárceles en las que había estado ingresado. El más sonado fue el motín de la prisión de Fontcalent. Lo que más llamaba la atención del caso, es que este preso no había cometido ningún delito de sangre, pero al haber realizado otro tipo de delitos, se le fue añadiendo más años de reclusión. A este preso se le aplicó la normativa del Código Penal de 2010.
Es cierto que la sanción penal tiene, en parte, una función únicamente sancionadora, pero el trabajo a realizar por la prisión no puede ser aumentar el castigo, debe ser reinsertador. El problema es que la reinserción debe ser planificada de manera individual para cada preso, lo que supone emplear tiempo y medios de inserción que normalicen su situación social (salidas, permisos, libertades condicionales, etc.) lo que supone arriesgarse a que algunos presos quebranten la ley, dándose a la fuga. En todo caso, apostar por la reinserción de las personas supone apostar por el ser humano, por una sociedad más justa y civilizada, por la redención, y no por el castigo. La reinserción es el indicador del éxito y fracaso de los sistemas penitenciarios.

Es evidente que las reinserciones no se dan en el cien por cien de los casos e incluso podemos afirmar que el porcentaje no es lo suficientemente alto como para convencer a todo el mundo. A pesar de ello, no podemos hacer de eso un condicionante para no creer en que la reinserción es posible y que una segunda oportunidad se puede aprovechar, como se plasma en el ejemplo citado anteriormente. Por lo tanto, el hecho de que un delincuente de cada cinco se reinserte en la sociedad y no vuelva a delinquir, es más que suficiente para creer en el valor de las segundas oportunidades.
Por otro lado, que haya delincuentes en riesgo de reincidir en sus delitos no implica que se pueda hacer con su imagen y sus datos personales todo lo que se quiera. Esto tiene que ver con la página web estadounidense que permite ver a todos los delincuentes de delitos sexuales así como su fotografía, nombre, apellidos, dirección etc. Sea el delito que sea, no se trata de una medida correcta ya que no solamente vulnera el derecho a la intimidad del delincuente, sino que es un claro condicionante para todos sus familiares. Es difícil no pensar en el hijo de esa persona que sale en la página web, realmente creemos que podrá ejercer su vida tranquilamente, que el hecho de que todo el mundo pueda conocer quién es su padre y lo que ha hecho no va a condicionarle casi de por vida…
Finalmente, seguimos en nuestra postura y tendemos nuestra mano a la reinserción, y creemos que algunos datos no deberían estar al alcance de todos, con el fin de evitar el morbo y la crispación sobre los familiares del delincuente, que no tienen ni culpa ni porque responder ni pagar por un delito del cual no son culpables.

sábado, 21 de marzo de 2015

¿Qué es justo?


La empatía, esa capacidad de ponerse en el lugar de la otra persona. ¡Y qué fácil es hacerlo con los buenos! Pero resulta muy difícil, casi imposible, ponerte en la piel de los "malos" o de los que no han actuado bien, correctamente o dentro de la ley. Esa tendencia empática con aquellas personas que han sido víctimas de un delito es la que propaga un sentimiento de venganza y endurecimiento de las penas, la que aboga por el castigo y no por la reinserción. ¿Esto es justo? Puede que no, pero la línea entre lo justo y lo injusto es tan fina y depende de tantos factores que me lleva sin remedio a entender ese sentimiento "vengativo" asentado en la sociedad española que solo busca, muchas veces, entender quién tiene el derecho de decidir entre lo que es justo o injusto  y manejar, como hilos de marionetas,  los derechos fundamentales de los seres humanos.
Nadie tiene la solución para acabar con la delincuencia, si ya de por si cuesta reducirla. Y por supuesto que el resultado no se obtendrá a base de política, que también es otro de los problemas, con mayúsculas, arraigados en el derecho penal. Y es que la política está decidiendo la justicia de un país, no se pelea por conseguir medidas eficaces y justas sino que se vuelve a lo de siempre, se lucha por los votantes, y la justicia empieza a decidirse mediante conjeturas y percepciones de una sociedad que, ahora mismo, se ahoga en la incertidumbre.

No se debe compartir la venganza pero sí la justicia. No se tiene el derecho de tomar la justicia por tu propia mano, pero es un sentimiento compartido. Puede que endurecer las penas no sirva de nada o puede que sí, que cambie algún detalle, alguna vida. Hay una frase que advierte que no se debe aplicar el derecho o juzgar con el corazón sino con la cabeza, pero eso, a mi parecer, sería dejar de ser personas.


Lucía Orts Sellers

viernes, 13 de marzo de 2015

La complicada decisión entre el derecho y la venganza

Fomento de la violencia, del miedo de la población, de la negación del derecho al olvido, provocación de la reincidencia o cómo la justicia se lava las manos publicando las fotos de unos delincuentes que ya cumplieron sus penas y deberían por tanto reinsertarse en la sociedad como ciudadanos de pleno derecho. No se trata de exculparles, si no de ofrecerles una nueva oportunidad de enmendar sus errores. Se trata de reeducarlos, no castigarlos.
Que España es uno de los países europeos con menos índice de delincuencia sorprende al oírlo, y probablemente muchos lo desconocen, tal vez porque, por el contrario, el índice de presos por habitantes es cada vez más alto, de los más elevados de Europa (160 presos por cada 100.000 habitantes).
No entramos en si la pena que cumplieron fue lo suficientemente larga, o si en ella se pudo o se quiso reformar su persona, sino de cuánto se invirtió y dedicó a conseguirlo. Penas más largas no ofrecen mejores hombres y mujeres a su salida, si no puede que todo lo contrario. De hecho, penas más largas equivale más gastos. La línea de dureza de las penas choca con la disminución paulatina de los presupuestos destinados a este propósito. Más presos, menos dinero y una reeducación insuficiente. El dinero que costaría mantener en la cárcel durante más años a un preso podría utilizarse en beneficio de la sociedad, reinsertando al delincuente. Sin embargo, nuestro país, tan latino como pasional, sigue dejándose arrastrar por el afán de castigo y venganza mucho más que por el pragmatismo y la responsabilidad.
No se trata, sin embargo, de que los delitos queden impunes, si no de utilizar una estancia en prisión de manera inteligente. Reinsertemos al ciudadano, que a pesar de haber cometido errores, continúan siéndolo. Y permitámosle continuar con su vida. De lo contrario, señalándole a cada paso, estigmatizando su situación, tan solo encontraremos su reincidencia como única salida. Y habremos hecho inútil su tratamiento en prisión, y habremos vuelto a tirar dinero público a la basura.

Necesitamos mejorar el sistema, de eso no hay duda, pero ¿alargar la pena es el camino? Tal vez lo sea, pero solo porque sea necesario para su tratamiento, no porque merezca una venganza mayor. Busquemos una solución para esos presos, y no solo taparlos, esconderlos detrás de unas rejas para que no molesten, porque tarde o temprano, volverán a la calle, y para entonces podremos tener nuevos ciudadanos o presos sin nada que perder. 

Míriam Garví Martínez

jueves, 12 de marzo de 2015

¿Es posible la reinserción social en delitos graves?

Por Marta Izquierdo Cascales y Elena Palacios Bedia

Con la propuesta de reforma del Código Penal se abre el debate sobre si es positiva o no la condena permanente revisable. Es evidente que este tipo de condena está previsto para delitos graves, como pueden ser asesinatos, violaciones, etc. Se ha demostrado, con el paso de los años, que muchos de los presos condenados por este tipo de delitos y puestos en libertad han reincidido tras su excarcelación. 

En España es posible encontrar algunos ejemplos muy llamativos.  José María Real López  tardó solo dos horas desde que comenzó a disfrutar de su primer permiso penitenciario en secuestrar, violar y matar a una menor. Marcelino Fernández Arnaiz violó a una niña de 6 años tres días después de salir de prisión. Además, lleva dos décadas entrando y saliendo de la cárcel por delitos semejantes. Juan Manuel Valentín aprovechó un permiso de seis días para violar y asesinar a una menor. Esto es una prueba evidente de que no siempre es posible la reinserción social dependiendo del tipo de delito cometido. 

Numerosos expertos afirman que las agresiones sexuales son el comportamiento delictivo más resistente al cambio a pesar de las terapias psicológicas que pueden recibir los presos de forma voluntaria. En ocasiones, a pesar de las recomendaciones de los psicólogos penitenciarios para no dejar en libertad a ciertos presos por la alta posibilidad de reincidir en sus delitos, han sido puestos en libertad por el cumplimiento de la condena. A esto hay que añadir la baja efectividad de la castración química que se aplica, también, de forma voluntaria. Son muchos los presos que ante los efectos secundarios que produce (aumento del bello corporal, redistribución de la grasa o depresiones) se niegan a aceptar el tratamiento o lo suspenden a su salida de prisión, por lo que el tratamiento deja de ser efectivo. 

En países como en Estados Unidos existen aplicaciones que ponen en conocimiento de la ciudadanía, las caras y datos personales de aquellas personas en libertad y que han cometido este tipo de delitos. Con este método se permite que cada persona tome las medidas que considere oportunas con el fin de sentirse más seguro. Esto no implica una vulneración de los derechos de la personalidad de los delincuentes, ni les impide reinsertarse en la sociedad, sino que es un método de protección para el resto de la sociedad. 

sábado, 7 de marzo de 2015

Dignidad, honor y reinserción

Por Emilio Pérez Martínez y José Manuel Corrales. 

Es increíble la de atentados contra el honor y contra la propia imagen que se cometen  por las redes sociales.  Navegando por la nube es muy fácil toparse con algún meme, post o video que  pueden  dejar  en evidencia a una persona, vulnerar su dignidad, e incluso imputar un delito a alguien en menos que canta un juez, saltándose  a la torera el principio de presunción de inocencia.
Uno de los últimos  inventos para el estudio criminológico y que además, ha servido de  herramienta ciudadana para la lucha por la transparencia, ha consistido en crear páginas webs en las que se permite  conocer los delitos que se han cometido  en un área o distrito. Lo que tanta gracia no hace es que en  los casos de violencia sexual, es lícito publicar la información completa de un agresor; su imagen, su nombre y su domicilio, incluso habiendo cumplido condena. También vemos que se ha creado una polémica con la decisión del Tribunal de Justicia europeo sobre el llamado “derecho al olvido”. Si un usuario pide retirar el enlace de sus datos personales tiene legitimidad para hacerlo. Claro, algunos pueden pensar que a los pederastas (hayan cumplido su condena o no) les ha tocado la lotería. No es eso. Tendría que ser una medida que beneficie la privacidad de todos. ¿Alguien ha tenido en cuenta el daño que también tiene que soportar el entorno de ese pederasta?   

Algunas opiniones argumentan que la seguridad debe estar por encima del derecho al honor, y que muchas posibles víctimas, pueden encontrar, gracias a esta  herramienta un salvavidas, sin embargo, ¿hasta qué límites se puede vulnerar este  derecho? Bien es cierto que la reinserción para estas personas resulta muy difícil. Estudios revelan que entre  un 20% y un 40% de agresores, vuelven a cometer delitos de esta índole. Sin embargo, según el profesor de psiquiatría forense, José Antonio García Andrade, “el hecho de que sean psicópatas, no quiere decir que no deban ser tratados”.  El psiquiatra forense, Luis Borrás, aporta datos de un programa que se siguió en Cataluña que logró reducir del 18% al 5% el índice de reincidencia de estos delitos. Este método se basa en medidas psicoterapéuticas de choque e inhibiendo la testosterona, según revela este estudio. Pero además, conlleva una mejor vigilancia al agresor.  Y es ahí donde radica el problema, porque para poder construir una política penitenciaria efectiva, que tienda a la reinserción del individuo, es necesaria una mayor inversión tanto económica, en investigación, pero también en seguridad.


Vulnerar el derecho al honor de la persona, no va a hacer que la persona cometa menos delitos. Antes que dejarlo encerrado de por vida, o condenarlo a una segunda criminalización, se debe apostar porque este individuo vuelva a recuperar su personalidad civil y su dignidad. No se trata de defender a los pederastas, porque seguramente no se lo merecen. Pero hay personas, pocas, es cierto, que tienen derecho a  que no se les condene de por vida como si de una cadena perpetua se tratara.