Blanca Martín Luis
El derecho a la
información vs el derecho a la intimidad
Los derechos de una persona son
iguales a los de otra, ninguno esta por encima del otro, o eso se cree. Cada país ha marcado su ley y su forma
de tratar, rehabilitar y castigar a los delincuentes, de hecho cada uno de ellos
elige un derecho antes que el otro. Por ejemplo, Estados Unidos implantó la Ley
Megan, que hace referencia a la creación de una base de datos donde aparecen
recogidos en una lista, los nombres y las direcciones de pederastas y
cualquiera que haya cometido delitos contra menores. Esta base se creó por el
polémico caso de una pequeña de siete años que fue violada y asesinada por su
vecino, un delincuente que estaba cumpliendo libertad condicional.
Actualmente, la mayoría de los
estados permiten a los ciudadanos acceder a este tipo de bases para informarse
de los convictos que viven cerca de sus hogares, en otros lugares la policía
informa a las escuelas y a los padres. Y no solo eso, entre los diferentes
estados se comparten las bases de datos en un intento de prevenir posibles
delitos y reincidencias. Claro, que este sistema es aceptable para unos y no
tan aceptable para otros.
Existen dos líneas de pensamiento
sobre publicar y permitir el acceso de todo el mundo a los datos de
delincuentes. El primero es el que se relaciona con el derecho a la información,
donde el argumento de mayor peso es el de la prevención y la posibilidad de reincidencia
de un determinado criminal. La
segunda línea va paralelo al derecho a la intimidad, y su argumento principal
es que la publicación de esos datos impide al “ex convicto” llevar una vida
normal y reinsertarse. Webs como Criminalcheck, que son bases de datos online a
las que cualquier ciudadano tiene acceso, suponen una violación de ese derecho
a la intimidad y la protección de datos.
En España este tipo de webs es
impensable por el daño que causan a los criminales, a su reinserción y a sus
derechos. Pero, ¿qué pasa con los derechos de la victima? Y ¿qué pasa con el
derecho que tienen los ciudadanos de saber a quién tienen por vecino y si
necesitan estar más atentos?. Eso no implica que estos criminales no puedan
reinsertarse o que no se les vaya a tratar de una manera correcta. A mi
entender si deberían ofrecerse los datos básicos (nombre, dirección y foto)
pues los ciudadanos que cumplen las leyes tienen derecho a estar informados y a
saber que podrían estar en peligro. Los criminales no han cumplido la ley y por
tanto son sancionados, pero los que reinciden sabiendo que lo que han hecho
esta mal, deben darse a conocer. Si las victimas no pueden olvidar ellos
tampoco deberían.
También es cierto que en su
mayoría, los delincuentes son fallos del objetivo rehabilitador del sistema y
de la falta de una ley justa y adecuada que asegure esa rehabilitación y
reinserción. Aun así, el ser humano es libre de tomar sus propias decisiones
sabiendo las consecuencias que acarrean, por lo tanto si cometes un crimen,
debes ser capaz de dar la cara ante la sociedad, aceptar que se sepa y afrontar
las consecuencias. Sin embargo, ese derecho que tenemos de saber cosas de
carácter publico, y no nos engañemos un delincuente no es particular, es y
debería ser tratado como algo público porque daña a los individuos y por tanto
a una sociedad. El derecho a la intimidad es uno de los derechos fundamentales
de nuestra constitución pero ese derecho debería congelarse en los delitos
graves, ya que a pesar de ser casos particulares, reincidentes o no, de alguna forma amenazan la estabilidad
y la seguridad de los ciudadanos y por índole a la estructura de la sociedad. Da
la impresión de que la ley ampara a los delincuentes y que les da más valor que
a todo el conjunto de ciudadanos.
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