jueves, 25 de junio de 2015

Delincuencia juvenil

Tratar temas relacionados con menores es siempre delicado, pero esto se complica cuando estos se enfrentan a la justicia por cometer un delito. Parece que está muy generalizada la idea de que las penas no son lo suficiente duras y que, por el simple hecho de no haber cumplido la mayoría de edad, estos jóvenes se libran de los castigos que realmente se merecen.

Uno de los debates que surge aquí es si un menor no es consciente de sus actos por el simple hecho de no tener más de 18 años. A partir de cierta edad se es lo suficientemente consciente de lo que está bien o está mal. Un robo menor sin violencia o algunos actos vandálicos pueden considerarse que se han llevado a cabo por simple rebeldía, mala influencia del entorno o incluso una llamada de atención. Es posible que los castigos adecuados para este tipo de delincuencia sean labores sociales, reeducación del joven o la 'reinserción' del menor en caso de que se cometan de forma habitual.

Pero cuando la gravedad de los delitos aumenta habría que replantearse poner penas similares a las de aquellos que sí son mayores de edad. Que un joven de 16-17 años agreda, acose o incluso llegue a matar no puede estar considerado como menos grave o menos imputable por el simple hecho de que legalmente sea menor de edad.

Para ajustar las condenas al tipo de delito y a la situación del menor se debería ampliar el margen de condenas en el derecho penal y que un grupo formado por jueces, abogados, criminólogos, psicólogos y miembros de todas las ramas de conocimiento necesarias, analizase cada caso de forma independiente y en profundidad.

Elena Palacios Bedia
#Lectura 3

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